TEPJF desecha denuncia contra Sheinbaum por difusión de programas sociales

TEPJF desecha denuncia contra Sheinbaum por difusión de programas sociales
  • El TEPJF confirma la resolución del INE que determina improcedente iniciar un procedimiento sancionador contra la presidenta Claudia Sheinbaum, luego de que Movimiento Ciudadano la acusara de uso indebido de recursos y promoción personalizada

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó improcedente un recurso interpuesto para iniciar un procedimiento sancionador por supuestos actos de uso indebido de recursos públicos, vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad, así como por promoción personalizada atribuidos a la presidenta Claudia Sheinbaum, por la difusión irregular de propaganda gubernamental.

La controversia se originó luego de que Movimiento Ciudadano presentó ante el Instituto Nacional Electoral (INE) una denuncia y la solicitud de medidas cautelares ante la presunta comisión de infracciones electorales. 

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TEPJF rechaza demanda del Movimiento Ciudadano

De acuerdo con un comunicado del TEPJF, Movimiento Ciudadano señaló la difusión de un video publicado el pasado 3 de agosto en la red social Instagram de los perfiles del titular de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y de la dependencia.

De acuerdo con el expediente, el material audiovisual promocionaba la entrega de apoyos de la Beca Universal de Educación Básica Rita Cetina con la frase “2,500 pesos que les manda la presidenta”. 

Asimismo, el contenido incluía la imagen y voz del funcionario federal con los logotipos oficiales del Gobierno de México, sin integrar la leyenda obligatoria que identifique al programa como público y ajeno a cualquier partido político.

En atención a la denuncia, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) resolvió el no inicio del procedimiento sancionador, al considerar que no existían indicios mínimos de una posible infracción electoral. 

Posteriormente, Movimiento Ciudadano impugnó la decisión al sostener que la autoridad sustentó su determinación en consideraciones que corresponden al estudio de fondo.

TEPJF avala análisis preliminar del INE

A propuesta del magistrado Felipe Fuentes Barrera, el pleno estimó que el agravio presentado resultó infundado, debido a que la UTCE actuó dentro de sus atribuciones.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación concluyó que el organismo emitió un correcto análisis preliminar de los hechos objeto de la denuncia, toda vez que no llevó a cabo una calificación definitiva ni un pronunciamiento sobre la existencia de responsabilidad.

La Sala Superior consideró que la publicación, valorada integralmente, tuvo un contenido esencialmente institucional e informativo sobre un programa gubernamental.

Los magistrados señalaron que el video no incluyó llamados al voto, referencias a procesos electorales, menciones partidistas, exaltación de cualidades o logros personales, ni otros elementos orientados a posicionar política o electoralmente a la titular del Ejecutivo federal.

Asimismo, la autoridad jurisdiccional concluyó que la cercanía temporal con futuros procesos electorales fue valorada solo como un elemento contextual.

Finalmente, en cuanto a la posible vulneración a la legislación en materia de comunicación social por la falta de la leyenda institucional, el TEPJF consideró válida la determinación de dejar a salvo los derechos de la parte denunciante. 

El tribunal precisó que esta acción no implica prejuzgar sobre la existencia o inexistencia de alguna infracción, cuya resolución corresponderá a la autoridad administrativa competente.

Magistrado del TEPJF, Felipe Fuentes Barrera
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