SCJN fortalece el acceso al aborto: amparos podrán obligar a estados a garantizar el servicio

  • La SCJN determinó que el amparo puede ordenar a autoridades de salud garantizar el acceso efectivo al aborto en estados donde es legal, permitiendo medidas de alcance general para eliminar barreras y asegurar servicios sin discriminación

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio histórico para eliminar las barreras que impiden la interrupción legal del embarazo en el país.

A través de una resolución del Pleno, se determinó que el juicio de amparo es una vía eficaz para ordenar a las autoridades de salud la implementación de servicios accesibles, seguros y libres de discriminación en las entidades donde el aborto ya ha sido despenalizado.

Esta decisión busca que las sentencias no se limiten a la protección individual, sino que incluyan medidas generales para erradicar obstáculos estructurales que vulneran el derecho a decidir.

El fin de las barreras administrativas

Durante la sesión, el Pleno señaló que el acceso real a la salud reproductiva ha sido obstaculizado por deficiencias en las instituciones locales. Con este nuevo criterio, los jueces federales tienen la facultad de dictar acciones concretas que las autoridades estatales deben cumplir para garantizar que los servicios de interrupción del embarazo sean una realidad operativa y no solo un derecho en papel.

Uno de los puntos clave de la resolución radica en la interpretación del principio de relatividad de las sentencias. Tradicionalmente, los efectos de un amparo solo protegían a quien promovía el juicio (interés jurídico). Sin embargo, la Corte aclaró que:

  • Interés legítimo: Permite reclamar problemas estructurales que afectan a colectivos o grupos sociales.
  • Alcance: Al promoverse juicios bajo esta figura, las resoluciones podrán beneficiar a otras mujeres y personas gestantes que enfrenten condiciones similares, aunque no hayan formado parte directa del juicio.
  • Efectos amplios: La SCJN determinó que la relatividad no es impedimento para ordenar medidas de alcance general cuando se busca proteger derechos humanos fundamentales.

Esta rectificación jurídica ocurre en un contexto donde el Poder Judicial busca consolidar el acceso a los derechos reproductivos bajo principios de igualdad y justicia social, obligando a las autoridades de salud a eliminar cualquier forma de discriminación en la prestación del servicio.

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