- Hacienda modifica reglas que obligan a los bancos y entidades financieras a implementar controles basados en el nivel de riesgo de cada operación
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó nuevas reglas para prevenir lavado de dinero.
Con la emisión de estas disposiciones, la autoridad federal instruye a los bancos, las sociedades financieras, las uniones de crédito y demás entidades reguladas a transitar hacia un modelo de prevención focalizado, en el que la profundidad de la revisión dependa del riesgo particular que represente cada usuario para las instituciones.
De acuerdo con la nueva normativa, el sistema financiero mexicano debe dejar atrás el esquema de vigilancia generalizada que operaba en el país.
Las recientes modificaciones, que forman parte de la estrategia institucional para combatir las estructuras financieras de la delincuencia organizada, establecen directrices para la detección oportuna de transacciones vinculadas con recursos ilícitos, reportó la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La dependencia destacó que estas decisiones se basan exclusivamente en el análisis del comportamiento financiero y no responden a fines políticos.
Hacienda: alertas antes de 24 horas
Entre los lineamientos que contempla el nuevo marco regulatorio, la Secretaría de Hacienda estableció plazos de 24 horas para que las entidades emitan los avisos correspondientes ante operaciones que resulten sospechosas o inusuales bajo los nuevos parámetros de riesgo.

Las alertas permiten que la autoridad identifique en tiempo real las operaciones vinculadas con actividades vulnerables, entre las cuales figuran los desarrollos inmobiliarios, la administración de fideicomisos y las transacciones con activos virtuales, conforme a las modificaciones legales.
El cambio en las reglas de operación requiere que los sujetos obligados actualicen sus manuales de cumplimiento, adapten sus sistemas tecnológicos de monitoreo continuo y capaciten de forma anual a su personal para clasificar adecuadamente las transacciones con base en las directrices publicadas.
La normativa actual exige contar con sistemas automatizados para la detección de operaciones sospechosas, por lo que el cumplimiento manual ya no se considera suficiente para la autoridad hacendaria.
Sanciones y auditorías preventivas
Para garantizar el cumplimiento de los controles antilavado, las empresas e instituciones financieras tienen la obligación de designar a un representante de cumplimiento oficial ante la SHCP y resguardar la documentación de soporte de sus clientes por un periodo mínimo de 10 años.
Además, las entidades deben realizar auditorías internas o externas —dependiendo del nivel de riesgo que represente su actividad— para evaluar de forma periódica el cumplimiento de sus obligaciones preventivas.
El incumplimiento de estas normativas contempla sanciones escalonadas que incluyen multas administrativas superiores a los 7.6 millones de pesos, la revocación de permisos de operación e, incluso, la clausura temporal o definitiva de los establecimientos involucrados.
En el ámbito legal, la legislación establece penas de 5 a 15 años de prisión para el delito tipificado.
La actualización de los controles antilavado por parte de la dependencia federal busca alinear los estándares del sistema financiero nacional con las mejores prácticas internacionales en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita


