Acoso y acecho: lo que cambia (y lo que no) en la ley mexicana

A unas semanas del 8 de marzo, el Congreso mexicano aprobó una reforma importante: tipificar el acoso sexual y el acecho en el Código Penal Federal. Con 440 votos a favor, la Cámara de Diputados dio un paso que durante años reclamaron activistas, víctimas y organizaciones feministas: reconocer que hay violencias que ocurren todos los días y que hasta ahora quedaban en un limbo legal.

Es, sin duda, un avance. Pero también es una reforma que revela las contradicciones persistentes de la política criminal cuando se trata de la violencia contra las mujeres.

Porque sí: México finalmente reconoce que el acecho y el acoso sexual son delitos. Pero al mismo tiempo reduce las penas por abuso sexual. Y ahí es donde el discurso de “cero tolerancia” empieza a mostrar grietas.

El avance: reconocer lo que siempre estuvo ahí

Hasta ahora, el acoso sexual no estaba tipificado a nivel federal. Solo 26 estados lo reconocían como delito, mientras que en otros ni siquiera existía en el código penal. Esto significaba que muchas denuncias terminaban exactamente igual: en nada.

Ahora el acecho se define como seguimiento, vigilancia o contacto reiterado que altere la vida cotidiana de la víctima, con penas de dos a cuatro años de prisión. El acoso sexual también se sancionará con uno a tres años de cárcel. Para quienes han vivido estas violencias —en la calle, en el trabajo, en la universidad o en internet— el mensaje es claro: lo que ocurre sí importa y sí es delito.

Cuando el acoso llegó a Palacio

Parte del impulso de estas reformas ocurrió después de un episodio ocurrido en noviembre de 2025, cuando la presidenta Claudia Sheinbaum denunció haber sido víctima de acoso sexual callejero mientras caminaba hacia la Secretaría de Educación Pública en el Centro Histórico. Un hombre invadió su espacio personal e intentó acercarse de forma sexual sin consentimiento. El equipo de seguridad intervino antes de que el hecho escalara, pero el episodio se volvió noticia nacional.

A partir de ahí, el gobierno federal presentó un Plan Integral contra el Abuso Sexual, dentro del cual se impulsaron reformas legales para fortalecer la persecución de estos delitos, entre ellas la tipificación del acoso sexual y el acecho a nivel federal. El episodio no creó el problema, millones de mujeres lo viven todos los días, pero sí lo colocó en el centro de la agenda política. 

La paradoja: mientras se tipifica el acoso, bajan las penas por abuso sexual

En paralelo a estas reformas, el Congreso aprobó otra modificación relevante: el abuso sexual ahora se perseguirá de oficio, lo cual representa un avance importante porque ya no dependerá exclusivamente de que la víctima impulse el proceso. Pero al mismo tiempo se redujo la pena de prisión, que quedó entre tres y siete años.

Es decir: mientras el Estado reconoce nuevas formas de violencia, también flexibiliza el castigo para una de las más graves. El argumento oficial es que se amplían agravantes y se fortalecen medidas de reparación. Pero la contradicción sigue ahí.

¿Por qué cuando se trata de delitos sexuales las penas tienden a reducirse o moderarse? Y más aún: ¿Qué dice eso sobre las prioridades penales del país?

Porque si se compara con otros delitos, la paradoja se vuelve evidente. En México existen conductas patrimoniales o administrativas que pueden recibir penas similares o incluso mayores que acosar o acechar sistemáticamente a una mujer. No es solo una discusión jurídica. Es una discusión sobre qué daños considera realmente graves el Estado.

El contexto que no se puede ignorar

Según datos del INEGI, 7 de cada 10 mujeres en México han experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida. Casi la mitad ha vivido violencia sexual. Solo en 2025 se registraron más de 9 mil llamadas de emergencia relacionadas con acoso u hostigamiento sexual.

Y aun así, durante años, el Estado respondió con soluciones que parecían diseñadas más para contener el problema que para resolverlo: vagones separados en el metro, silbatos de emergencia, campañas que trasladaban la responsabilidad a las víctimas. La tipificación del acoso y el acecho llega tarde, pero llega, y eso también importa.

Entre el reconocimiento y la deuda pendiente

De cara al 8M, la reforma deja un mensaje ambiguo. Por un lado, representa una victoria de años de lucha feminista: reconocer el acecho y el acoso sexual como delitos era una demanda histórica.

Por otro, el propio proceso legislativo muestra que la violencia contra las mujeres sigue negociándose políticamente. Se reconoce un delito aquí, se reduce una pena allá, se amplían agravantes pero se moderan castigos. Un avance parcial que, como muchos otros en materia de género, llega acompañado de retrocesos.

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